El rol del perito de seguros está definido en la disposición adicional de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados. Según esta ley, los peritos de seguros son los profesionales encargados de emitir dictámenes sobre las causas de un siniestro, la evaluación de los daños y otros factores que afectan a la cuantía de la indemnización en un contrato de seguro, así como formular la propuesta del suma neto de dicha indemnización.
De acuerdo con esta disposición, se deduce que los peritos de seguros deben poseer no sólo la titulación oficial en el área relacionada con el dictamen, sino también un conocimiento profundo de la técnica pericial aseguradora y de la legislación aplicable a los contratos de seguro. Esta competencia especializada distingue a un perito de seguros de un simple tasador de daños.
El perito de seguros no sólo debe ser capaz de valorar los daños a un bien, sino también de comprender toda la legislación y las condiciones que rigen el contrato establecido entre la aseguradora y el asegurado (póliza), porque en caso de siniestro se consideren todos los elementos que puedan afectar a la indemnización.
Esto implica no sólo el conocimiento de conceptos como infraseguro, regla de equidad, valor de nuevo o primer riesgo y su impacto en la determinación del importe indemnizable, sino también un entendimiento de los órganos jurisdiccionales y las leyes que regulan el sector asegurador , incluyendo sus plazos. Este conocimiento y la práctica son fundamentales, ya que pueden influir en los distintos desenlaces de la resolución de un siniestro.
Por tanto, la función pericial abarca mucho más que una simple valoración, incluyendo numerosos aspectos que tanto asegurados como aseguradoras deben considerar, lo que establece una clara distinción entre el trabajo de un tasador y el de un perito de seguros .
